La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo los amparos relacionados con el caso de María Elena Ríos, saxofonista atacada con ácido en Oaxaca. El asunto aborda la validez de actuaciones judiciales posteriores a una sentencia absolutoria.
El Pleno aprobó atraer el expediente con siete votos a favor y uno en contra, emitido por la ministra María Estela Ríos González. La ministra Sara Irene Herrerías Guerra se excusó de intervenir, pues participó en la investigación cuando encabezaba la Fiscalía de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que el caso tiene especial interés por la violencia ejercida contra una mujer y por las cuestiones procesales que plantea. Entre ellas, mencionó el principio de inmediación y las facultades de un juez sustituto para invalidar una absolución y ordenar que se reponga un juicio oral.
El presidente de la Corte aclaró que la atracción no implica resolver la culpabilidad de las personas acusadas. Explicó que el análisis se centrará en una circunstancia procesal: tras la audiencia oral se dictó una absolución, pero el juez que la presenció fue suspendido y otra juzgadora asumió el caso.
Según expuso, la jueza sustituta consideró que, al no haber estado presente en la audiencia, no podía redactar la sentencia, lo que llevó a anular el juicio. Esa secuencia es el punto que examinará la SCJN al revisar los amparos promovidos por Juan Antonio Vera Carrizal.
Ríos fue atacada el 9 de septiembre de 2019 en su domicilio de Huajuapan de León, Oaxaca. El ataque le causó lesiones en el rostro y en gran parte del cuerpo. La saxofonista señaló a su expareja, el exdiputado local Juan Antonio Vera Carrizal, como presunto autor intelectual.
En el caso también está señalado Juan Antonio Vera Hernández, hijo de Vera Carrizal, quien permanece prófugo, de acuerdo con la información disponible. Vera Carrizal se entregó a las autoridades en 2020. Posteriormente fueron detenidos Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, señalados como probables autores materiales.
El 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a los otros dos acusados del delito de intento de feminicidio. Horas después, la jueza sustituta María Antonia Esteva Domínguez notificó al director del Centro Penitenciario Varonil de Tanivet que quedaba sin efecto la boleta de libertad ordenada para los imputados.
Tras esa determinación, Vera Carrizal promovió amparos. La Corte analizará esos recursos para determinar el alcance de las reglas procesales involucradas; la atracción, por sí misma, no modifica la resolución de fondo sobre los hechos imputados.



